miércoles, 16 de abril de 2008

¿QUÉ MEDIOS LEGALES TENEMOS QUE ENFRENTARNOS AL ESTADO?

En la clase de hoy día 14 de Abril del 2008-Lunes el profesor, Ignacio, nos ha explicado lo siguiente:
Ley: conciencia.
También existe un tipo de derecho que la ley reconoce que permite luchar contra el Estado. El derecho de objeción de conciencia.

EL DERECHO DEL OBJECIÓN DE CONCIENCIA.

"Es el rechazo al cumplimiento de determinadas normas jurídicas por estas contrarias a las creencias éticas o religiosas de una persona." (Artículo 30.2 de la Constitución Española).

El derecho de objeción de conciencia es un derecho que no se tiene que pedir permiso a la administración porque ese derecho para la persona se encuentra en la Constitución Española.
Este derecho se produce:
-Para ir al ejército las personas y si no querías ir tenía que hacer servicios, todo esto en tiempos pasados.
El servicio militar obligatorio en España ya no le hay pero en otros países si le hay.
-Algunas farmacias no venden métodos anticonceptivos porque están encontra de ellos.
-El matrimonio de homosexuales y qué estos puedan adoptar.
-Intervenciones médicas, hay pacientes que no quieren operarse de ciertas maneras como los testigos de Geobahs que se niegan a las transfusiones de sangre.
-Aborto, eutanasia.
-En el ámbito laboral, un ejemplo de esto se produjo en un vuelo en el cuál un azafato Argentino se nego ha servir al emperador porque esa persona había perdido a su familia por su culpa.
Dos tipos de objeciones:
Objeción escolar: algunos padres no quieren que sus hijos sean educados en colegios por lo que son educados por sus padres en su casa.
Objeción a algunas asignaturas: Como la enseñanza de la asignatura llamada educación para la ciudadanía, la cuál muchas personas se niegan a que sus hijos den esa asignatura.
También se producen objeciones democráticas y en los alimentos, como el cerdo el cuál no pueden comer los musulmanes y no pueden obligarlos a comerlo.

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